Toda empresa que tenga a su cargo el traslado de cualquier tipo de mercancía debe contar con el complemento carta porte. Pero, ¿qué es este documento y en qué excepciones no es necesario gestionarla? Presta cuidadosa atención a la siguiente guía breve sobre este requisito que desde abril es obligatorio.
¿Qué objetivo tiene la carta porte?
Podrás conocer todo sobre la carta porte aquí, un documento que deben portar todos los empresarios que se encarguen del traslado de mercancías. Es un requisito que complementa a la factura electrónica (CFDI) y que recoge información que acredita la propiedad de la mercancía que se está trasladando.
Una variante previa de este documento era el conocido talón de embarque o póliza de movilización. Sin embargo, con la digitalización de los procesos, el SAT creó un informe detallado que incluye detalles específicos sobre el traslado o ingreso de la mercancía, con el fin de que se compruebe la tenencia legal de la misma.
Este documento debe poseer la persona moral y física tanto de quien hace el envío como de quien la recibirá. También incluirá las direcciones desde donde salió y el destino que tendrá la mercancía, el medio en el que se llevará y los detalles de lo que se esté trasladando. Todos estos detalles los aseguras con Facturama puedes facturar en línea y cumplir con los requisitos establecidos por el SAT.
La finalidad de obligar a empresas de traslados o choferes particulares, que circulan en territorio nacional con porte de mercancía, a gestionar la carta porte es la disminución del contrabando ilegal de mercancía. De esta manera, conseguir un mercado estable y justo para todos los comerciantes y lograr un correcto cumplimiento de los impuestos emitidos por el SAT.
Obligatoriedad del Complemento Carta Porte
Todo contribuyente que esté encargado de transportar mercancía o bienes en territorio mexicano, debe poseer carta porte. Entonces, será obligatorio que quienes posean empresas dedicadas al transporte de mercancía emitan el requisito CFDI tipo ingreso. Este documento permitirá detallar el tipo de servicio que se está prestando y así poder justificar el porte de la mercancía o bienes.
También será necesario que quienes trasladen bienes por cuenta propia o intermediarios que hagan el traslado de mercancía, cuenten con un CFDI de traslado. De esta manera se comprueba la tenencia legal de lo que se lleva a bordo en el tipo de transporte usado para el traslado.
Cuando no se cumple la gestión de este trámite, existe el riesgo de sufrir sanciones monetarias que irán actualizándose de forma regular. Por ejemplo, el SAT podrá imponer multas que van desde 1,490 pesos mexicanos hasta un valor de 93,330 MX $.
Es posible que las sanciones acarreen la clausura de la empresa o negocio encargado de los traslados por períodos de que pueden ir desde 3 a 15 días. No obstante, solo las autoridades federales tienen competencia sobre este requerimiento. Es decir, ni policías del estado o municipio tienen derecho a requerir la carta porte a un chofer.
Ahora bien, no será obligatorio este documento cuando el chofer del vehículo circule dentro de la misma ciudad. Tampoco en caso de porte de cargas ligeras en grúas o camiones que transiten en la misma localidad.
¿Qué debes tener presente para emitir una factura con carta porte?
Debes apegarte a los lineamientos establecidos por el SAT. Por ejemplo, existen dos tipos de CFDI que se emiten, según quien sea el encargado de hacer el traslado de la mercancía. El CFDI de ingreso deben gestionarlo los contribuyentes que prestan servicio como empresas de traslado de mercancía. Mientras que el CFDI de traslado es para quienes de forma particular necesiten trasladar bienes o mercancías o intermediarios encargados de esta tarea.
Si un mismo cliente debe entregar mercancía en diversos destinos, puede hacerse un documento único que recoja los datos de todos los destinos, de manera que cubra la tenencia legal de todo el contenido de la mercancía. Para eso es importante hacer el registro de todos los destinos, con la cantidad que se transporta y se despachará en cada lugar.
Ahora bien, es importante que sepas que las facturas masivas ya no pueden utilizarse. Será necesario que generes un CFDI tipo ingreso por cada servicio, donde se refleje el IVA del mismo y la retención de impuestos que corresponda.
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