Contribuyentes aun cuestionan cómo funcionará la facturación instantánea con tarjeta
Un experto explica su funcionamiento y emite algunas recomendaciones
A partir del primer cuatrimestre de 2020, los contribuyentes podrán obtener sus facturas de forma instantánea al pagar con tarjeta, así lo anunció el pasado 19 de noviembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Pese a que hay ciudadanos que ya conocen el proceso, otros dudan de su utilidad y cuestionan cómo puede afectar sus finanzas.
Para generar las facturas al momento de pagar con tarjeta bancaria en una Terminal Punto de Venta, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deberá asociarse con la tarjeta para integrar el proceso de pago con el de facturación.
En el comprobante se imprimirá un código QR en donde estará la factura y no se tendrá que proporcionar ningún dato extra. Esto simplificará el proceso, tanto para el comercio que emite la factura como para el contribuyente que lo solicita.
El director de la firma de Consultoría en Actividades Vulnerables, Alejandro Ponce Rivera, indicó en entrevista con Animal Político que este cambio no significa que a partir de ahora haya más fiscalización a través del uso de tarjetas, pues esto ya existe desde hace más de 10 años.
“Ya están fiscalizados todos los pagos que nosotros hacemos con la tarjeta. No importa en qué gastemos el dinero, puede ser para fines personales o de negocios, lo que al SAT le interesa es el dinero con el que yo estoy pagando la tarjeta de crédito, y ese dinero es del que se me va a cuestionar su origen. En qué usé la tarjeta o cómo me gasté ese dinero no es tan relevante”, explicó.
“Si el gasto es deducible, ya tengo la facilidad de tener la factura, si no es deducible entonces no me afecta tampoco a la hora de registrar el gasto en la contabilidad”, señaló Rivera.
El especialista recalcó que lo importante es cuidar que el dinero que se mete a la tarjeta o cuenta bancaria corresponda con los ingresos declarados.
Se ha rumorado que si el SAT detecta que un contribuyente está en discrepancia fiscal, será multado, sin embargo, Ponce Rivera precisó que lo que se hará es calcular y cobrar las contribuciones de los ingresos omitidos.
Por ello recomienda revisar la situación fiscal que el contribuyente ha tenidos al menos desde 5 años atrás y en caso de ser necesario, regularizar la situación.
Los tarjetahabientes como amas de casa, estudiantes y otras personas que no realizan ninguna actividad remunerada están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). El código fiscal establece que están obligados a inscribirse en el RFC quienes expidan comprobantes por las operaciones que realizan, las que están obligadas por los ingresos que reciben y las personas físicas que tienen cuentas bancarias o de ahorro.
“Aquí entran todas esas personas que no están realizando una actividad que la obligue a generar factura o presentar declaraciones, pero que sí manejan cuentas bancarias o de ahorro”, apuntó el experto.
El director de la firma dijo que la reforma fiscal 2020 tiene dos objetivos: reducir y combatir la evasión fiscal. El año que entra “la autoridad va a estar muy vigilante en tiempo real de que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones y al primer incumplimiento va a haber una consecuencia inmediata”.
Por ejemplo, si una persona no presenta su declaración anual, hasta 30 días después del periodo indicado, el SAT podrá restringir su certificado del sello digital, lo que significa que no podrá facturar. Esta sanción aplicará cuando no coincidan los ingresos que declarados con los facturados.
Sé parte de la conversación