El menor deberá asistir a terapias psicológicas mientras que las investigaciones continúan
Especialistas en el tema consideran que el caso del menor es complicado, ya que al no acreditarse una legítima defensa se le puede culpar de parricidio
El Ministerio Público Especializado en Adolescentes liberó a Ángel Israel “N”, de 15 años, quien mató a su padre luego de que éste le confesó que abusó sexualmente de él y de su hermana cuando eran niños, así lo dio a conocer la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM)
La FGJEM explicó que la resolución se dio luego de cumplirse el plazo constitucional y tras determinar que no hubo flagrancia en el momento en que el joven quedó a disposición del representante social.
No obstante, el menor deberá asistir a terapias psicológicas, mientras que las investigaciones por dicho homicidio continúan su curso.
El adolescente acudió ante el Ministerio Público en donde asumió la responsabilidad de asesinar a su padre, de 47 años de edad, quien habría confesado el presunto abuso sexual contra sus hijos cuando éstos eran niños.
Según información referida por El Universal, el arma de fuego con la que se cometió el homicidio pertenecía a hombre asesinado, quien trabajaba en una empresa de seguridad privada.
El abogado Gabriel Regino indicó que la liberación del menor es una responsabilidad que recae sobre el Ministerio Público, al aplicar el “criterio de oportunidad”, establecido en el artículo 256, fracción tercera, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En este se señala que el joven sería una víctima a la que la autoridad está revictimizando, al mantenerlo en prisión y darle la ayuda necesaria.
“Aquí intervienen dos factores importantes: la ley, que es dura y se debe aplicar, pero también la voluntad política, que es lo más complicado. El caso, en teoría, ni siquiera debería llegar a un juzgado, porque el Ministerio Público es el que debe de aplicar el criterio de oportunidad. ¿Qué es eso? La posibilidad de que la autoridad no consigne a una persona por un delito ya cometido, siempre y cuando el imputado haya sufrido un daño sicoemocional grave de parte del agresor. Si tomamos en cuenta lo que vivió el joven y su hermana, a ellos se les debe de brindar todo el apoyo del Estado”, explicó.
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