Perros guía tendrán libre acceso a lugares públicos en CDMX
Quien no acate esa disposición podría hacerse acreedor a una multa que va de los 4 mil a los 16 mil pesos.
El día de hoy se publicaron en la Gaceta Oficial de la CDMX las reformas a la Ley de Protección a los Animales, las cuales permitirán a los perros de asistencia tener acceso libre e irrestricto a establecimientos mercantiles y transporte individual o colectivo a partir de hoy.
También estarán exentos del uso de bozal, y todos, independientemente del sexo, deberán ser esterilizados. La única condición es que deberán estar acompañados de la persona a la que asisten.
La reforma señala que todo perro guía, de asistencia, de servicio para niños del espectro autista, de alerta médica o cualquier otra categoría que pueda surgir para el auxilio y salvaguarda humana, no serán considerados animales de compañía, y tendrán acceso libre e irrestricto al espacio público, al área de trabajo, centros escolares y hospitales públicos o privados.
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Sólo se restringirá el acceso a las zonas que por disposiciones higiénico sanitarias así lo requieran, siempre y cuando el usuario del ejemplar no pueda ser auxiliado individualmente por algún familiar o el centro hospitalario no disponga de personal para dar el apoyo necesario.
De acuerdo con el Universal, la nueva disposición también establece sanciones para la persona, institución, establecimiento mercantil y transporte colectivo o individual público o privado que niegue el acceso, la permanencia o cobre una tarifa adicional al usuario con perros de asistencia.
La sanción contempla una multa que puede ir de 4 mil 30 a 16 mil 120 pesos, además de configurar delitos por la negativa a prestar servicios que se ofrecen al público en general.
Para poder identificar a los ejemplares que sirven como perros de asistencia, la Secretaría de Salud capitalina creará un registro de los usuarios con perros guía, y expedirá una identificación oficial, individual e intransferible, por persona y ejemplar.
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Para poder obtenerla, los usuarios tendrán la obligación de llevarlos a revisión médico veterinaria cuando menos tres veces al año, o tantas veces como lo requiera.
Una vez expedida, los usuarios de un perro de asistencia, deberán portar la credencial en todo momento con el objeto de constar que el ejemplar responde a las características de su adiestramiento.
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