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Televisa considera inconstitucional la resolución del IFT en su contra

Mar 7, 2017 9:17
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El IFT también será quien determine las próximas medidas que deberá tomar la televisora

De acuerdo con la ley, al ser declarada como Agente Económico Sustancial, la empresa recibiría un freno para sus planes de expansión

Grupo Televisa dio a conocer que impugnará la resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que señala que sí tienen el poder sustancial en el mercado de televisión de paga, con lo que se le obligará a reducir su participación en dicho mercado, lo cual ya le ha traído pérdias de 11 mil millones de pesos, mismas que podrían aumentar.

“La Compañía considera que la reversión de la Resolución Original del IFT es inconstitucional y no cumple con los lineamientos del Tribunal Colegiado, y por ende, promoverá los medios de defensa vigorosamente, no es posible asegurar cual será el resultado”, dijo la empresa mediante un comunicado en la Bolsa Mexicana de Valores.

Al ser declarada como Agente Económico Sustancial, la empresa recibiría un freno para sus planes de expansión, de acuerdo con la ley.

Por ello, el Instituto deberá comenzar con un proceso en el que se determinarán las medidas a implementar por la televisora, en cuanto a la prestación de sus servicios de televisión restringida, mismo que brinda a nivel nacional a través de Sky e Izzi.

Cabe recordar que la Ley Secundaria de la reforma en materia, determinó que existen dos posibles agentes económicos, el preponderante y el de poder sustancial. En el primero, se obliga al actor que posee más del 50 por ciento del mercado a compartir su infraestructura con el resto de los competidores y le impide continuar con una expansión.

Así, el pasado 19 de enero de este año, después de una impugnación presentada por Televisora del Valle (Proyecto 40), un Tribunal Colegiado ordenó al IFT revocar la Resolución Original y emitir una nueva.

“Finalmente, el Pleno resolvió que el mercado relevante corresponde al servicio de TV de paga, denominado formalmente como ‘servicio de televisión y audio restringido’. En cuanto a la dimensión geográfica determinó que es nacional debido a que las plataformas satelitales tienen la capacidad técnica y económica de competir actual y potencialmente en esa dimensión, y que las plataformas fijas se sujetan a una competencia con referencias nacionales, no locales. De ahí que los usuarios finales observen ofertas comparables en este servicio en todo el territorio nacional”, dijo el IFT al publicar la nueva la resolución.

A pesar de ello, la empresa propiedad de Emilio Azcárraga Jean aseguró que dicha resolución es “inconstitucional”, señalando que el Tribunal Colegiado basó su determinación en un periodo diferente al cual debía revisar.

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“Tomó en consideración la información correspondiente información que correspondía (sic) a un periodo distinto al periodo relevante a revisar, el cual debió comprender exclusivamente desde enero 2009 hasta agosto 2014”, señaló la empresa.

Según Televisa, el 54.2 por ciento de sus ingresos anuales en 2016 corresponden a sus negocios de Sky, con 22.1 por ciento, y Cable, con 32.1 por ciento.

Lee la nota completa en SinEmbargo

Etiquetas: IFTimpugnaciónpérdidasresoluciónTelevisa
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